Código Familiar para el Estado Libre y Soberano de Morelos · Morelos

Artículo 375

TÍTULO PRIMERO · CAPÍTULO ÚNICO

ARTÍCULO 375.- NULIDAD DE LOS ACTOS ADMINISTRATIVOS EJECUTADOS Y LOS CONTRATOS CELEBRADOS POR INCAPACES Y MENORES EMANCIPADOS. Son nulos todos los actos de administración ejecutados y los contratos celebrados por los incapacitados, sin la autorización del tutor salvo lo dispuesto en la fracción IV del artículo 303; asimismo son nulos los actos de administración y los contratos celebrados por los menores emancipados, si son contrarios a las restricciones establecidas por el artículo 62 de este Código.

Última reforma de esta ley incorporada: 22 de julio de 2026. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.

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