ARTÍCULO 565.- FALTA DE EFECTOS DEL LEGADO. No produce efecto el legado si por acto del testador pierde la cosa legada la forma y denominación que la determinaban.
Artículo 565
TÍTULO SEGUNDO · CAPÍTULO VI
Última reforma de esta ley incorporada: 22 de julio de 2026. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.
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