Código Familiar para el Estado Libre y Soberano de Morelos · Morelos

Artículo 667

TÍTULO TERCERO · CAPÍTULO III

ARTÍCULO 667. - EFECTOS DE LA ALTERACIÓN DEL TESTAMENTO PÚBLICO CERRADO. El testamento cerrado quedará sin efecto siempre que se encuentre roto el pliego interior o abierto el que forma la cubierta, o borradas, raspadas y enmendadas las firmas que lo autorizan, aunque el contenido no esté alterado.

Última reforma de esta ley incorporada: 22 de julio de 2026. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.

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