Código Familiar para el Estado Libre y Soberano de Morelos · Morelos

Artículo 680

TÍTULO TERCERO · CAPÍTULO IV

ARTÍCULO 680.- FALTA DE EFECTOS DEL TESTAMENTO ORIGINAL O DUPLICADO. El testamento ológrafo quedará sin efecto cuando el original o el sobre que cubre resultare abierto, o las firmas que los autoricen aparecieren borradas, raspadas o con enmendaduras, aun cuando el contenido del testamento no sea vicioso.

Última reforma de esta ley incorporada: 22 de julio de 2026. Fuente oficial: marcojuridico.morelos.gob.mx.

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