Código Familiar del Estado de Sinaloa · Sinaloa

Artículo 113

TÍTULO SEGUNDO DEL MATRIMONIO

Artículo 113. Son cargas de la sociedad, no sólo las que reclamen legítimamente los terceros, sino también las de los cónyuges, cuando hubiesen cubierto con bienes propios deudas de la sociedad.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosinaloa.gob.mx.

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