Artículo 239. El Consejo Local de Tutelas, conminará a las instituciones de asistencia familiar y social públicas, para que conjuntamente diseñen y operen programas educativos, en todos los niveles de escolaridad, introduciendo una temática que fomenten la cultura de la no violencia en la familia, la paternidad y la maternidad responsables, el compromiso compartido entre hombres y mujeres, así como el respeto a la dignidad de todas las personas integrantes del núcleo familiar.
Artículo 239
TÍTULO SÉPTIMO DE LA VIOLENCIA FAMILIAR
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosinaloa.gob.mx.
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