Código Familiar del Estado de Sinaloa · Sinaloa

Artículo 254

TÍTULO OCTAVO DE LA FILIACIÓN

Artículo 254. En el juicio de contradicción de paternidad serán oídos la madre y el hijo, a quien se proveerá de un tutor interino si fuese menor de edad.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosinaloa.gob.mx.

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