ARTICULO 137. La línea recta es ascendente o descendente; ascendente es la que liga a una persona con su progenitora o progenitora, o tronco del que procede; descendente es la que liga a la progenitora o progenitor con los que de él proceden.
Artículo 137
TITULO SEXTO DEL PARENTESCO
Última reforma de esta ley incorporada: 20 de mayo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.
¿Tu caso tiene que ver con este artículo?
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.