ARTICULO 149. El principio de reciprocidad alimentaria rige de igual forma en el caso de la adopción. 38
Artículo 149
TITULO SEPTIMO DISPOSICIONES GENERALES
Última reforma de esta ley incorporada: 20 de mayo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.
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