Código Familiar del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 67

TITULO TERCERO DEL MATRIMONIO

ARTICULO 67. Los elementos esenciales del matrimonio son:

I. La manifestación de: a) El consentimiento de los contrayentes para celebrar ese matrimonio. b) El reconocimiento que el Estado otorga a ese matrimonio a través de la o el Oficial del Registro

Civil. 22 c) La declaración de los testigos de que no existe ningún impedimento para celebrar el matrimonio;

II. El objeto física y jurídicamente posible, y

III. La solemnidad, la cual consiste en que las manifestaciones de voluntad a que se refiere la fracción I de este artículo, se realicen en el mismo acto.

Última reforma de esta ley incorporada: 20 de mayo de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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