Código de Familia para el Estado de Sonora · Sonora

Artículo 2

TÍTULO PRIMERO DE LA FAMILIA Y DEL ESTADO CIVIL · CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 2.- La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad constituida por la unión matrimonial o concubinaria de dos personas y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado. También existe por vínculos de parentesco en los tipos, líneas y grados que reconoce la ley.

Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente oficial: stjsonora.gob.mx.

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