Código de Familia para el Estado de Yucatán · Yucatán

Artículo 406

TÍTULO DÉCIMO · CAPÍTULO V De la adopción internacional

ARTÍCULO 406. Conversión de la adopción simple

Artículo 406. Se deroga.

Artículo derogado D.O. 26-04-2024

Solicitud para la conversión

Última reforma de esta ley incorporada: 31 de julio de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresoyucatan.gob.mx.

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