ARTÍCULO 407. Solicitud para la conversión
Artículo 407. Se deroga.
Artículo derogado D.O. 26-04-2024
Autorización de la conversión
TÍTULO DÉCIMO · CAPÍTULO V De la adopción internacional
ARTÍCULO 407. Solicitud para la conversión
Artículo 407. Se deroga.
Artículo derogado D.O. 26-04-2024
Autorización de la conversión
Última reforma de esta ley incorporada: 31 de julio de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresoyucatan.gob.mx.
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