Código de Familia para el Estado de Yucatán · Yucatán

Artículo 602

TÍTULO PRIMERO GENERALIDADES 18 · CAPÍTULO ÚNICO DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 602. Disposiciones a título universal o particular sin efecto

Artículo 602. Las disposiciones hechas a título universal o particular no tienen ningún efecto cuando se funden en una causa expresa, que resulte errónea, si ha sido la única que fue determinada por la voluntad del testador.

Apertura de la sucesión legítima

Última reforma de esta ley incorporada: 31 de julio de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresoyucatan.gob.mx.

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