Código de Familia para el Estado de Yucatán · Yucatán
Artículo 602
TÍTULO PRIMERO GENERALIDADES 18 · CAPÍTULO ÚNICO DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 602. Disposiciones a título universal o particular sin efecto
Artículo 602. Las disposiciones hechas a título universal o particular no tienen ningún efecto cuando se funden en una causa expresa, que resulte errónea, si ha sido la única que fue determinada por la voluntad del testador.
Apertura de la sucesión legítima
Última reforma de esta ley incorporada: 31 de julio de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresoyucatan.gob.mx.
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