Código de Familia para el Estado de Yucatán · Yucatán

Artículo 74

TÍTULO TERCERO · CAPÍTULO III DE LOS IMPEDIMENTOS PARA CONTRAER MATRIMONIO

ARTÍCULO 74. Naturaleza del régimen patrimonial del matrimonio

Artículo 74. El régimen patrimonial del matrimonio se refiere al conjunto de disposiciones que tutelan las relaciones patrimoniales entre los cónyuges originados del matrimonio.

Clases de regímenes

Última reforma de esta ley incorporada: 31 de julio de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresoyucatan.gob.mx.

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