Código de Familia para el Estado de Yucatán · Yucatán
Artículo 74
TÍTULO TERCERO · CAPÍTULO III DE LOS IMPEDIMENTOS PARA CONTRAER MATRIMONIO
ARTÍCULO 74. Naturaleza del régimen patrimonial del matrimonio
Artículo 74. El régimen patrimonial del matrimonio se refiere al conjunto de disposiciones que tutelan las relaciones patrimoniales entre los cónyuges originados del matrimonio.
Clases de regímenes
Última reforma de esta ley incorporada: 31 de julio de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: congresoyucatan.gob.mx.
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