Código Familiar del Estado de Zacatecas · Zacatecas
Artículo 133
TÍTULO PRIMERO GENERALIDADES DEL MATRIMONIO · CAPÍTULO CUARTO DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE NACEN DEL MATRIMONIO
ARTÍCULO 133
El contrato de compraventa podrá celebrarse entre los cónyuges, cuando el matrimonio esté sujeto a los regímenes de sociedad conyugal, de separación de bienes o bajo el régimen mixto, en los términos de este Código.
Artículo reformado POG 19-12-2009
Última reforma de esta ley incorporada: 22 de agosto de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.
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