Código Fiscal del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí
Artículo 1
TITULO PRIMERO Disposiciones Generales · CAPITULO UNICO
ARTICULO 1º .- Las personas físicas y morales con residencia permanente o eventual en la Entidad, están obligadas a contribuir para los gastos públicos del Estado y de los municipios, de la manera proporcional y equitativa que establezcan las leyes fiscales respectivas.
Las disposiciones de este Código se aplicarán supletoriamente a las demás leyes y disposiciones estatales.
Última reforma de esta ley incorporada: 24 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.
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