Código Fiscal del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 131

TITULO CUARTO DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS · CAPITULO II DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCION

ARTICULO 131.- Mientras no se finque el remate, el deudor puede hacer el pago de las cantidades reclamadas, de los vencimientos ocurridos y de los gastos de ejecución, en cuyo caso se levantará el embargo administrativo.

Última reforma de esta ley incorporada: 24 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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