Código Fiscal del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 152

TITULO QUINTO DE LAS INFRACCIONES Y DELITOS FISCALES · CAPITULO I DE LAS INFRACCIONES Y SANCIONES

ARTICULO 152.- Se impondrán las siguientes sanciones a quien cometa las infracciones señaladas en el artículo anterior:

I. Multa de treinta a noventa días de salario, a la prevista en la fracción I;

II. Multa de veinte a setenta y cinco días de salario, a la prevista en la fracción II;

III. Multa de treinta a noventa días de salario, a la prevista en la fracción III;

IV. Multa de sesenta a ciento veinte días de salario, a la prevista en la fracción IV; 63

V. Multa de cien a trescientos días de salario, a la prevista en la fracción V, y

VI. Multa de setenta y cinco a doscientos días de salario, a la prevista en la fracción VI.

Última reforma de esta ley incorporada: 24 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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