Código Fiscal del Estado de San Luis Potosí · San Luis Potosí

Artículo 81

TITULO CUARTO DE LOS PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS · CAPITULO II DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO DE EJECUCION

ARTICULO 81.- Podrán cobrarse mediante el procedimiento que establece este Capítulo, siempre que haya pacto expreso entre las partes:

I. Las rentas o productos de los bienes propiedad del Estado o de los municipios, o de sus establecimientos, y

II. Las rentas o productos de bienes administrados por el Gobierno del Estado o por los gobiernos municipales. 37

Última reforma de esta ley incorporada: 24 de diciembre de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresosanluis.gob.mx.

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