Convención de Viena sobre Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG) · Tratado internacional
Artículo 70
CAPÍTULO V Disposiciones comunes a las obligaciones del
Artículo 70
Si el vendedor ha incurrido en incumplimiento esencial del contrato, las disposiciones de los artículos 67, 68 y 69 no afectarán a los derechos y acciones de que disponga el comprador como consecuencia del incumplimiento. C APÍTULO V DISPOSICIONES COMUNES A LAS OBLIGACIONES DEL VENDEDOR Y DEL COMPRADOR
Comparamos este texto con su fuente el 29 de septiembre de 2026. Fuente: uncitral.un.org.
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