ARTICULO 124. Los Fiscales Especializados, los Agentes del Ministerio Público y todo el personal de la Fiscalía General del Estado protestarán ante el Fiscal General del Estado.
Los agentes del Ministerio Público y el resto del personal de la Fiscalía Anticorrupción protestarán ante la persona titular de esta.
[Artículo reformado mediante Decreto No. 1141-2010 XII P.E. publicado en el P.O.E. No. 74 del 15 de septiembre de 2010] [Artículo adicionado con un segundo párrafo mediante Decreto No. LXVI/RFCNT/0640/2019 I P.O. publicado en el P.O.E. No. 10 del 1 de febrero de 2020]