ARTÍCULO 166. El Tribunal Superior de Justicia, el Instituto Estatal Electoral, el Tribunal Estatal Electoral, el Instituto Chihuahuense para la Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, por conducto de sus respectivos Presidentes, comunicarán oportunamente al Poder Ejecutivo el proyecto de presupuesto de egresos para cada año fiscal a fin de que, sin modificación alguna, lo presente al Congreso.
[Artículo reformado mediante Decreto No. 917-2015 II P.O. publicado en el P.O.E. No. 63 del 8 de agosto de 2015]