Artículo 104. La Universidad Autónoma de Chiapas, desde su fundación está orientada a la formación de ciudadanos que contribuyan al desarrollo sostenible de sus comunidades para lo que se constituye como un organismo autónomo 95 descentralizado, de interés público, con personalidad jurídica y patrimonio propio, al servicio de los intereses de la Nación y del Estado.
(DEROGADO CON LOS ARTÍCULOS QUE LO INTEGRAN, P.O. 18 DE DICIEMBRE DE 2019)
(REFORMADO P.O. 027, DE 11 DE MARZO DE 2025)