Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila

Artículo 74-C

TITULO TERCERO · CAPITULO V

Artículo 74-C. La Auditoría Superior del Estado entregará el Informe Anual de Resultados de la fiscalización superior de las cuentas públicas, en los términos que señale la ley, a más tardar el 31 de diciembre del año siguiente al ejercicio fiscalizado, salvo 35 aquellos casos en que se amplíe el plazo de presentación de las cuentas públicas conforme a lo dispuesto en la fracción XXXIV del artículo 67 de esta Constitución, donde corresponderá la misma ampliación para la entrega del Informe Anual de Resultados.

Última reforma de esta ley incorporada: 1 de septiembre de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.

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