Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza · Coahuila
Artículo 86
TITULO CUARTO · CAPITULO III
Artículo 86. Para el desempeño de los asuntos que la presente Constitución encomienda al Ejecutivo, habrán las Secretarías del Ramo, las dependencias y organismos que señale la Ley Orgánica de la Administración Pública Estatal.
(REFORMADO PRIMER PARRAFO, P.O. 17 DE JUNIO DE 1988)
Última reforma de esta ley incorporada: 1 de septiembre de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresocoahuila.gob.mx.
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