Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero · Guerrero

Artículo 27

TÍTULO CUARTO ESTRUCTURA POLÍTICA DEL ESTADO

Artículo 27 . Los municipios integrantes del Estado de Guerrero conservarán la extensión territorial que les reconoce la ley de la materia, y que son:

1. Acapulco de Juárez.

2. Acatepec.

3. Ahuacuotzingo.

4. Ajuchitán del Progreso.

5. Alcozauca de Guerrero.

6. Alpoyeca.

7. Apaxtla de Castrejón.

8. Arcelia.

9. Atenango del Río.

10. Atlamajalcingo del Monte.

11. Atlixtac.

12. Atoyac de Álvarez.

13. Ayutla de los Libres.

14. Azoyú.

15. Benito Juárez.

16. Buenavista de Cuéllar.

17. Coahuayutla de José María Izazaga.

18. Cochoapa el Grande.

19. Cocula.

20. Copala.

21. Copalillo.

22. Copanatoyac. 21

23. Coyuca de Benítez.

24. Coyuca de Catalán.

25. Cuajinicuilapa.

26. Cualac.

27. Cuautepec.

28. Cuetzala del Progreso.

29. Cutzamala de Pinzón.

30. Chilapa de Álvarez.

31. Chilpancingo de los Bravo.

32. Eduardo Neri.

33. Florencio Villarreal.

34. General Canuto A. Neri.

35. General Heliodoro Castillo.

36. Huamuxtitlán.

37. Huitzuco de los Figueroa.

38. Iguala de la Independencia.

39. Igualapa.

40. Iliatenco.

41. Ixcateopan de Cuauhtémoc.

42. José Joaquín de Herrera.

43. Juan R. Escudero.

44. Juchitán.

45. La Unión de Isidoro Montes de Oca.

(ADICIONADO, P.O. EDICIÓN No. 40, DE FECHA VIERNES 20 DE MAYO DE 2022)

46. Las Vigas.

47. Leonardo Bravo.

48. Malinaltepec.

49. Marquelia.

50. Mártir de Cuilapan.

51. Metlatónoc.

52. Mochitlán.

(ADICIONADO, P.O. EDICIÓN No. 40, DE FECHA VIERNES 20 DE MAYO DE 2022)

53. Ñuu Savi.

54. Olinalá.

55. Ometepec.

56. Pedro Ascencio Alquisiras.

57. Petatlán.

58. Pilcaya.

59. Pungarabato.

60. Quechultenango.

61. San Luis Acatlán.

62. San Marcos.

63. San Miguel Totolapan.

(ADICIONADO, P.O. EDICIÓN No. 40, DE FECHA VIERNES 20 DE MAYO DE 2022)

64. San Nicolás. 22

(ADICIONADO, P.O. EDICIÓN No. 40, DE FECHA VIERNES 20 DE MAYO DE 2022)

65. Santa Cruz del Rincón.

66. Taxco de Alarcón.

67. Tecoanapa.

68. Tecpan de Galeana.

69. Teloloapan.

70. Tepecoacuilco de Trujano.

71. Tetipac.

72. Tixtla de Guerrero.

73. Tlacoachistlahuaca.

74. Tlacoapa.

75. Tlalchapa.

76. Tlalixtaquilla de Maldonado.

77. Tlapa de Comonfort.

78. Tlapehuala.

79. Xalpatláhuac.

80. Xochihuehuetlán.

81. Xochistlahuaca.

82. Zapotitlán Tablas.

83. Zihuatanejo de Azueta.

84. Zirándaro.

85. Zitlala.

ARTÍCULO 27 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE

GUERRERO. EN EL LUGAR QUE CONFORME AL ORDEN ALFABÉTICO LES

CORRESPONDE.

P.O. EDICIÓN No. 40, DE FECHA VIERNES 20 DE MAYO DE 2022.

PRIMERO. El presente Decreto entrara en vigor al día siguiente de su publicación en el

Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero.

SEGUNDO.- Con fundamento en el artículo 199 numeral 1, fracción III de la Constitución

Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero, remítase el presente Decreto a los municipios del Estado para los efectos legales a que haya lugar.

TERCERO.- Para la conformación de los ayuntamientos instituyentes de los nuevos municipios de Santa Cruz del Rincón, San Nicolás, Ñuu Savi y Las vigas, el Congreso del Estado deberá atender el principio de paridad en su conformación y deberán ser encabezados, dos por mujeres y dos por hombres y la conformación de los demás ediles en términos paritarios conforme al número que corresponda.

CUARTO. Remítase a la titular del Poder Ejecutivo para su conocimiento efectos legales correspondientes.

QUINTO . Publíquese en el portal web del Congreso, para conocimiento general.

18 137

143. - DECRETO NÚMERO 183 QUE REFORMA EL PÁRRAFO PRIMERO Y ADICIONA UN

SEGUNDO PÁRRAFO AL

Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresogro.gob.mx.

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