Artículo 31. Los ciudadanos del Estado de Guerrero reconocen como sus símbolos de identidad y pertenencia a su comunidad política:
1. La bandera y el escudo; 23
2. El lema del Estado: "Mi patria es primero"; y,
3. El “Himno a Vicente Guerrero”.
Las leyes respectivas reglamentarán las características y el uso de los símbolos y el himno del Estado.