Artículo 36. Son derechos de los partidos políticos:
1. Participar en la preparación, desarrollo y vigilancia de los procesos electorales;
2. Solicitar el registro de candidatos a cargos de elección popular;
3. Formar frentes, coaliciones y fusiones;
4. Gozar de las prerrogativas que les confiere la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, esta Constitución y la ley de la materia;
5. Llevar a cabo sus procesos de selección interna para elegir a sus candidatos a cargos de elección popular; y,
6. Las demás que establezcan las leyes.