Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Guerrero · Guerrero

Artículo 74

TÍTULO SEXTO PODER EJECUTIVO

Artículo 74. La Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado regulará lo relativo a la organización, integración, funcionamiento y ámbito competencial de las dependencias del

Poder Ejecutivo.

(REFORMADA, P.O. EDICIÓN 51 ALCANCE I, VIERNES 27 DE JUNIO DE 2025 ) DECRETO 828

Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresogro.gob.mx.

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