Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca · Oaxaca

Artículo 22

TÍTULO PRIMERO PRINCIPIOS CONSTITUCIONALES

Artículo 22.- Son obligaciones de los habitantes del Estado:

(Artículo trasladado del Título Segundo mediante decreto Número 1263 aprobado el 30 de junio del 2015 y publicado en el Periódico Oficial Extra del 30 de junio del 2015.

I.- Hacer que sus hijos o pupilos concurran a las escuelas públicas o privadas, para obtener la educación preescolar, primaria, secundaria, media superior y reciban la militar, en los términos que establezca la ley. [Modificada mediante Decreto número 2065 de la LXI Legislatura aprobado el 31 de octubre del 2013 y publicado el 27 de noviembre del mismo año en el periódico oficial Extra ]

II.- Inscribirse en el padrón de la localidad en que residan, manifestando la propiedad que tengan, la industria, profesión o trabajo de que subsistan;

III.- Contribuir para los gastos públicos de la Federación, del Estado y del Municipio, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes;

IV.- Derogado;

Fracción IV derogada mediante decreto Número 1263 aprobado el 30 de junio del 2015 y publicado en el Periódico Oficial Extra del 30 de junio del 2015.

V.- Tratándose de los pueblos y comunidades indígenas, cumplir con las obligaciones, contribuciones y los cargos que la comunidad les señale conforme a los sistemas normativos indígenas. 32

Fracción V adicionada mediante decreto Número 1263 aprobado el 30 de junio del 2015 y publicado en el Periódico Oficial Extra del 30 de junio del 2015.

VI.- Preservar, respetar y cuidar la naturaleza, el medio ambiente y la biodiversidad del Estado; y

VII .- Auspiciar la sana alimentación, la práctica de algún deporte y la sana recreación en familia.

Fracción adicionada mediante decreto Número 2429 aprobado por la LXIV Legislatura del Estado el 17 de marzo del 2021 y publicado en el Periódico Oficial número 21 Octava Sección de fecha 22 de mayo del 2021.

(Artículo reformado mediante decreto número 2660, aprobado por la LXIV Legislatura del Estado el 1 de septiembre del 2021 y publicado en el Periódico Oficial número 38 Décima primera sección de fecha 18 de septiembre del 2021)

Última reforma de esta ley incorporada: 12 de marzo de 2025. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresooaxaca.gob.mx.

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