Constitución Política del Estado de Tamaulipas · Tamaulipas

Artículo 148

TITULO X · CAPITULO III De las vías de comunicación

Art. 148.- Para el cumplimiento de las disposiciones contenidas en el

Última reforma de esta ley incorporada: 15 de octubre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: scjn.gob.mx.

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