Art. 75.- Las resoluciones del Congreso tendrán carácter de ley, decreto o acuerdo.
Las leyes o decretos se comunicarán al Ejecutivo firmadas por el Presidente y los Secretarios del Congreso, empleándose la siguiente formula: " El Congreso del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, decreta: (texto de la ley o decreto)", y los acuerdos serán suscritos únicamente por los Secretarios.
(ADICIONADA, P.O. 3 DE JUNIO DE 2003)
Sección Cuarta
De la Fiscalización Superior
(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 20 DE ABRIL DE 2017)