Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave · Veracruz
Artículo 79
TÍTULO QUINTO · CAPÍTULO I DE LAS RESPONSABILIDADES DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS
Artículo 79. Los servidores públicos tienen en todo tiempo la obligación de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad, sin influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos.”] DICHA SENTENCIA PUEDE SER CONSULTADA EN LA DIRECCIÓN ELECTRÓNICA http://www.scjn.gob.mx/).
(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, G.O. 22 DE JUNIO DE 2020)
Última reforma de esta ley incorporada: 27 de diciembre de 2024. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: scjn.gob.mx.
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