Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas · Zacatecas

Artículo 113

TÍTULO IV DE LOS PODERES DEL ESTADO · CAPÍTULO CUARTO DE LA JUSTICIA ADMINISTRATIVA

Artículo 113. El Tribunal se integra por tres Magistradas o Magistrados, quienes se designarán por la Legislatura del Estado, durarán en su encargo siete años y deberán satisfacer los mismos requisitos que se exigen para los Magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Estado.

Párrafo reformado POG 22 de marzo de 2017 (Decreto 128) Párrafo reformado POG 16 de septiembre de 2026 (Decreto 370)

El procedimiento de designación de las Magistradas y los Magistrados, deberá comenzar treinta días previos a la conclusión del periodo por el que fueron nombrados.

Párrafo adicionado POG 22 de marzo de 2017 (Decreto 128) Párrafo reformado POG 16 de septiembre de 2026 (Decreto 370)

La Legislatura del Estado, contará con veinte días para integrar una lista de ocho personas candidatas, la cual deberá ser aprobada por las dos terceras partes de las personas legisladoras presentes y será enviada a la Gobernadora o Gobernador. Si la Gobernadora o el Gobernador no recibe la lista en el plazo señalado, enviará libremente a la Legislatura una lista de cinco personas y designará provisionalmente la Magistratura vacante, quien ejercerá sus funciones hasta en tanto se realice la designación definitiva conforme a lo establecido en este artículo. En este caso, la persona designada de manera provisional podrá formar parte de la lista.

Párrafo adicionado POG 22 de marzo de 2017 (Decreto 128) Párrafo reformado POG 16 de septiembre de 2026 (Decreto 370)

De ser enviada por la Legislatura la lista en el plazo señalado en el párrafo anterior, dentro de los diez días siguientes la Gobernadora o el Gobernador formulará una lista de cinco personas y la enviará a la consideración de la Legislatura. Párrafo adicionado POG 22 de marzo de 2017 (Decreto 128) Párrafo reformado POG 16 de septiembre de 2026 (Decreto 370)

Con base en la lista, la Legislatura previa comparecencia de las personas propuestas, designará a la Magistrada o al Magistrado que integrará el Tribunal por el voto de las dos terceras partes de las personas legisladoras presentes dentro del plazo de diez días.

Párrafo adicionado POG 22 de marzo de 2017 (Decreto 128) Párrafo reformado POG 16 de septiembre de 2026 (Decreto 370)

Página 89 En caso de que la Gobernadora o el Gobernador no envíe la lista a que se refiere el párrafo anterior, la Legislatura tendrá diez días para designar a la Magistrada y al Magistrado de entre las personas candidatas de la lista que en un principio envió a la persona Titular del Poder Ejecutivo del Estado. Párrafo adicionado POG 22 de marzo de 2017 (Decreto 128) Párrafo reformado POG 16 de septiembre de 2026 (Decreto 370)

Si la Legislatura no hace la designación en los plazos que establecen los párrafos anteriores, el Ejecutivo designará a la Magistrada o al Magistrado de entre las candidatas y los candidatos que integren la lista a que se refiere el párrafo anterior o, en su caso, de la lista de cinco personas que puso a consideración de la Legislatura. Párrafo adicionado POG 22 de marzo de 2017 (Decreto 128) Párrafo reformado POG 16 de septiembre de 2026 (Decreto 370)

Las Magistradas y los Magistrados solo podrán ser removidos de sus cargos por las causas graves que señale la ley. Párrafo adicionado POG 22 de marzo de 2017 (Decreto 128) Párrafo reformado POG 16 de septiembre de 2026 (Decreto 370)

SECCIÓN SEGUNDA DEL TRIBUNAL DE JUSTICIA LABORAL BUROCRÁTICA

Denominación reformada POG 28 de marzo de 2020 (Decreto 385)

Última reforma de esta ley incorporada: 16 de septiembre de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.