Artículo 37. Las personas zacatecanas tienen el derecho de estar representadas en todos los organismos que tengan a su cargo funciones electorales, así como de consulta popular previstas por las leyes para el mejor desempeño de las atribuciones de los poderes públicos.
Artículo reformado POG 3 de octubre de 2012 (Decreto 422) y 23 de mayo de 2020 (Decreto 390)
Artículo reformado POG 16 de septiembre de 2026 (Decreto 370)