Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Zacatecas · Zacatecas

Artículo 4

TÍTULO I DE LOS PRINCIPIOS POLÍTICOS FUNDAMENTALES · CAPÍTULO PRIMERO DE LA NATURALEZA Y ATRIBUTOS DEL ESTADO

Artículo 4°. El Estado de Zacatecas reconoce a la Bandera, el Escudo y el Himno Nacionales, como los únicos Símbolos Patrios, a los que obligatoriamente se rendirán los honores y demostraciones de respeto que dispone la legislación federal sobre esta materia.

Última reforma de esta ley incorporada: 16 de septiembre de 2026. Comparamos este texto con su fuente el 30 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresozac.gob.mx.

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