Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes · Aguascalientes

Artículo 179

TITULO QUINTO DE LOS ACTOS PREJUDICIALES · CAPITULO I Medios Preparatorios del Juicio en General

ARTICULO 179.- Los medios preparatorios a que se refieren las fracciones II, III y IV del artículo 176, procederán contra cualquiera persona que tenga en su poder las cosas que en ellas se mencionan.

Última reforma de esta ley incorporada: 12 de noviembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: eservicios2.aguascalientes.gob.mx.

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