Código de Procedimientos Civiles del Estado de Aguascalientes · Aguascalientes

Artículo 484

TITULO DECIMO · CAPITULO IV De los Remates

ARTICULO 484.- Será postura legal la que cubra dos terceras partes del avalúo, con tal de que la parte de contado sea suficiente para pagar el crédito o créditos que hubieren sido objeto del juicio y las costas.

Cuando por el importe del avalúo no sea suficiente la parte de contado para cubrir el crédito o créditos y las costas, será postura legal dos terceras partes del avalúo dadas de contado.

(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 13 DE DICIEMBRE DE 1992)

Última reforma de esta ley incorporada: 12 de noviembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: eservicios2.aguascalientes.gob.mx.

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