ARTICULO 558.- La fijación de la Cédula Hipotecaria produce también efectos de secuestro judicial y se regirá por las disposiciones contenidas en este Capítulo Especial y las relativas del Código.
(REFORMADO, P.O. 14 DE MAYO DE 1995)
TITULO DECIMO · CAPITULO III
ARTICULO 558.- La fijación de la Cédula Hipotecaria produce también efectos de secuestro judicial y se regirá por las disposiciones contenidas en este Capítulo Especial y las relativas del Código.
(REFORMADO, P.O. 14 DE MAYO DE 1995)
Última reforma de esta ley incorporada: 12 de noviembre de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: eservicios2.aguascalientes.gob.mx.
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.