Art. 1004.- Con las condiciones establecidas en el artículo 983, cualquier acreedor puede pedir la declaración del concurso necesario.
Artículo 1004
TÍTULO DÉCIMO DE LOS INTERDICTOS · CAPÍTULO II DE LA DECLARACIÓN DEL CONCURSO
Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.
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