Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche · Campeche

Artículo 553

TÍTULO OCTAVO DE LOS JUICIOS SUMARIOS · CAPÍTULO III DEL JUICIO HIPOTECARIO

Art. 553.- Si el acreedor fuere desconocido, se le citará por el Periódico Oficial para que comparezca en el plazo que designe el juez.

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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