Art. 730.- Son incidentes las cuestiones que se promueven en un juicio y tienen relación inmediata con el negocio principal.
Artículo 730
TÍTULO DÉCIMO DE LOS INTERDICTOS · CAPÍTULO II SUSTANCIACIÓN DEL JUICIO ARBITRAL
Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.
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