Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche · Campeche

Artículo 816

TÍTULO DÉCIMO DE LOS INTERDICTOS · CAPÍTULO II DE LA APELACIÓN

Art. 816.- Recibido el escrito de interposición del recurso el juez, previo acuerdo lo remitirá, en el plazo de tres días, al tribunal de alzada. De excederse del plazo indicado se hará acreedor a una corrección disciplinaria.

Nota : Reformado por Decreto No. 009 de fecha 23/X/1986. (P. O del 23/X/1986)

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Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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