Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche · Campeche

Artículo 88

TÍTULO SEGUNDO REGLAS GENERALES · CAPÍTULO II DE LAS ACTUACIONES JUDICIALES

Art. 88.- Las resoluciones son:

I.- Determinaciones de mero trámite, que se llaman decretos;

II.- Decisiones que determinan sobre materia que no sea de puro trámite, y se llaman autos;

III.- Decisiones que resuelvan un incidente, y se llaman sentencias interlocutorias;

IV.- Sentencias definitivas, que resuelven el asunto principal.

21 Nota : Reformado por Decreto No. 009 de fecha 23/X/1986. (P. O del 23/X/1986)

Comparamos este texto con su fuente el 1 de octubre de 2026. Fuente oficial: ordenjuridico.gob.mx.

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