Código de Procedimientos Civiles para la Ciudad de México · Ciudad de México

Artículo 454

TÍTULO SÉPTIMO De los juicios especiales y de las vías de apremio · CAPITULO II Del juicio ejecutivo

ARTICULO 454

Los juicios ejecutivos contendrán siempre dos secciones: la del principal conteniendo la demanda, la contestación, el juicio y su sentencia.

La segunda sección contendrá el auto de ejecución y todo lo relativo a ésta, a la depositaría y sus incidentes, a la mejora y reducción del embargo, al avalúo y remate de los bienes; todo lo cual debe formar un cuaderno que aunque sea accesorio del principal debe tramitarse por cuerda separada.

Última reforma de esta ley incorporada: 18 de julio de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 2 de octubre de 2026. Fuente oficial: poderjudicialcdmx.gob.mx.

Pregúntale a RíoLex

¿Tu caso tiene que ver con este artículo?

Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.