Código de Procedimientos Civiles para la Ciudad de México · Ciudad de México
Artículo 743
TITULO DECIMO · CAPITULO I Reglas generales
ARTICULO 743
El concursado en el caso de concurso forzoso deberá presentar al juzgado dentro de los cinco días de la notificación del auto que lo declare, un estado detallado de su activo y pasivo con nombres y domicilio de acreedores y deudores, privilegiados y valistas (sic); si no lo presentare lo hará el síndico.
Última reforma de esta ley incorporada: 18 de julio de 2018. Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: poderjudicialcdmx.gob.mx.
Pregúntale a RíoLex
¿Tu caso tiene que ver con este artículo?
Escríbelo con tus palabras. RíoLex responde citando este artículo y los demás que apliquen, para que compruebes cada dato.