Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua · Chihuahua

Artículo 247

TÍTULO SEXTO JUICIO ORDINARIO · CAPÍTULO I DEMANDA, CONTESTACIÓN Y FIJACIÓN DE LA LITIS

ARTÍCULO 247. Los efectos del emplazamiento son:

I. Prevenir el proceso en favor del juzgado que lo inicia;

II. Sujetar a la parte emplazada a seguir el proceso ante el juzgado que lo emplazó, siendo competente al tiempo de la citación;

III. Crear la potestad de la parte demandada de contestar ante el juzgado que lo emplazó, salvo el derecho de promover la incompetencia;

IV. Producir todas las consecuencias de la interpelación judicial, si por otros medios la persona obligada no se hubiere constituido ya en mora; y,

V. Originar el interés legal en las obligaciones pecuniarias en las que no se hayan pactado intereses.

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresochihuahua2.gob.mx.

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