Código de Procedimientos Civiles del Estado de Chihuahua · Chihuahua

Artículo 364

TÍTULO SEXTO JUICIO ORDINARIO · CAPÍTULO VI SENTENCIA EJECUTORIA

ARTÍCULO 364. Hay cosa juzgada cuando la sentencia causa ejecutoria. Causan ejecutoria por disposición de ley:

I. Las sentencias pronunciadas en juicios cuyo interés no exceda de 500 Unidades de Medida y Actualización;

II. Las sentencias de segunda instancia;

III. Las que diriman o resuelvan una competencia; y,

IV. Las demás que se declaren irrecurribles por prevención expresa de la ley.

[Artículo reformado en la fracción I mediante Decreto No. LXV/RFCLC/0266/2017 I P.E. publicado en el P.O.E. No. 15 del 22 de febrero de 2017]

Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresochihuahua2.gob.mx.

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