ARTÍCULO 641. Contra resoluciones que declaren inadmisible la apelación, procede el recurso de denegada apelación, que en todo caso el juzgado la admitirá.
Artículo 641
TÍTULO DÉCIMO · CAPÍTULO III RECURSO DE APELACIÓN
Comparamos este texto con su fuente el 28 de septiembre de 2026. Fuente oficial: congresochihuahua2.gob.mx.
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